Ley de reestructuración voluntaria | SUMARIO | Capítulo II Procedimiento para reestructuracion |
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 2495 de 4 de agosto de 2003, de Reestructuración Voluntaria.
Artículo 2°.- (Informacion, reserva y confidencialidad) La información que sea proporcionada durante el proceso de reestructuración tendrá carácter de declaración jurada, debiendo ser tratada y considerada como reservada y confidencial por los funcionarios de la Superintendencia de Empresas en adelante “la Superintendencia”, el Síndico de Reestructuración, los acreedores, auditores externos, peritos y valuadores. La Superintendencia no será responsable de la veracidad de la información y documentación presentada.
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